(Un texto de Enrique García Tomás en el suplemento económico del Heraldo de Aragón del 11 de mayo de 2014)
Desde el 24 de abril,
los emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos o constituyan microempresas
en nuestra Comunidad Autónoma, pueden solicitar las subvenciones que para el ejercicio
de 2014 ha establecido el Gobierno de Aragón dentro del Programa de
Emprendedores en vigor desde hace dos años. La novedad con respecto a los
ejercicios anteriores es que para acceder a la subvención el emprendedor ha de
realizar una inversión de 6.000 euros (IVA excluido) y que el plan de empresa,
que ha de aportar junto a la solicitud, se acompañe de un informe elaborado por
las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria aragonesas, con la excepción de
cuando el citado plan haya sido elaborado con el acompañamiento y asesoramiento
de cualquiera de las entidades de la Fundación Emprender en Aragón.
La subvención
para el establecimiento como trabajador autónomo es de 3.000 euros para
desempleados en general; 4.000 euros para jóvenes desempleados menores de 30 años o
personas desempleadas mayores de 45 años, y 6.000 euros para desempleados con
discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género. Tales cuantías se
incrementan en un 15% cuando la actividad autónoma subvencionada se desarrolle en
municipios aragoneses de menos de 5.000 habitantes y cuando la actividad
económica principal emprendida se encuadre dentro del ámbito de alguna de las
siguientes: las vinculadas a la atención a la dependencia y servicios destinados
a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral; las encuadradas en
el ocio, recreo y cultura tales como el turismo alternativo, ecoturismo, turismo
rural y cultural; los deportes de aventura; el desarrollo de productos
autóctonos o los trabajos tradicionales o artesanos; las vinculadas a la
protección del medio ambiente y al tratamiento de residuos; la rehabilitación y
adaptación de viviendas y espacios públicos; y la incorporación de nuevas
tecnologías a los procesos empresariales.
Es necesario que el solicitante esté
desempleado e inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de
Empleo durante, al menos, los cuatro meses inmediatamente anteriores a la fecha
de inicio de la actividad y dado de alta, con carácter previo a la presentación
de la correspondiente solicitud de subvención, en el Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda. A
los menores de 30 años y a las personas con discapacidad, no se exige el
periodo de cuatro meses de inscripción como desempleados.
Además de la
subvención citada, hay otras para incentivar la consolidación de proyectos,
asistencia técnica, formación y de ayuda financiera Para cada una existen
determinados requisitos y exclusiones, por lo cual recomiendo quienes estén
interesados que se informen en el lnaem, directamente o a través de internet (www.aragones/inaem),
pues el plazo de solicitud finaliza el último día del mes siguiente al inicio
de la actividad.
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